Confinamiento por el coronavirus: el tribunal rechaza la reclamación de daños y perjuicios de Tedi y Woolworth
A Woolworth y Tedi no se les permitió abrir durante mucho tiempo durante la pandemia. Exigieron millones en daños y perjuicios. La disputa podría ahora llegar hasta el Tribunal Federal de Justicia.
El Tribunal Regional de Stuttgart ha desestimado una demanda de indemnización multimillonaria presentada por la empresa matriz de Woolworth y Tedi en el marco de una disputa por el cierre de tiendas durante la pandemia de coronavirus. Las cadenas de grandes almacenes no tienen derecho a ninguna compensación. En opinión de los jueces, las normas del estado de Baden-Württemberg sobre la crisis del coronavirus eran legales, proporcionadas y compatibles con la Ley Fundamental.
El B.H. Holding GmbH presentó una demanda por dos confinamientos en 2020 y 2021. En total, se trata de un periodo de más de 25 semanas durante el cual las tiendas tuvieron que cerrar. La empresa exigió al Estado más de 32 millones de euros de indemnización por el lucro cesante.
Tedi y Woolworth ven discriminación en las reglas de confinamiento por el coronavirus
El holding vio violados varios derechos fundamentales por las regulaciones del coronavirus, en particular el principio de igualdad. Woolworth y Tedi argumentaron que los minoristas puramente llamados no alimentarios tuvieron que cesar sus operaciones debido a los confinamientos. Sin embargo, a los supermercados y otros comercios minoristas privilegiados, como las farmacias, se les habría permitido seguir abriendo y vendiendo toda su gama de productos sin restricciones, incluidos los artículos no alimentarios. Las ferreterías tampoco tuvieron que cerrar.
Para escapar del confinamiento por el coronavirus, los mercados tuvieron que vender más del 50 por ciento de sus alimentos. Por lo tanto, se consideraron esenciales para los servicios básicos. El holding ha constatado en el sector no alimentario una "superposición del 90% de su gama de productos" con proveedores como Edeka, Rewe, Kaufland o Marktkauf, que no tuvieron que cerrar, y se siente discriminado por ello.
La Sala no siguió este argumento. No existe violación del principio de igualdad en la Ley Fundamental. Al regular un proceso de infección dinámico, sus límites son menos estrictos. “La privilegiación del comercio minorista que atiende las necesidades básicas de la población y vende productos indispensables para la vida diaria se justifica por importantes preocupaciones del bien común”, afirma. En este contexto, deben aceptarse determinadas desventajas en casos individuales, siempre que estén justificadas por razones objetivas.
La demanda de Tedi y Woolworth podría llegar hasta el Tribunal Federal de Justicia
El holding también ha presentado demandas similares en otros estados federados. El demandante no quiso dar la cifra exacta. Las tiendas de descuento no alimentarias como Woolworth y Tedi se especializan en la venta de productos que no se pueden consumir. Venden artículos para el hogar y papelería, textil hogar, moda y decoración, juguetes y multimedia, ocio y deporte.
La sentencia aún no es definitiva. El representante del demandante anunció que primero esperaría los fundamentos escritos de la sentencia. Sin embargo, siguen confiando en que las afirmaciones están justificadas. Por lo tanto, no es improbable que se emprendan acciones legales. Los observadores parten de la base de que la decisión final la tendrá que tomar el Tribunal Federal de Justicia (BGH) de Karlsruhe. En los casos que involucran a peluqueros y dueños de restaurantes, el Tribunal Federal de Justicia ya había dictaminado que los confinamientos eran legales. El juez explicó al Stuttgarter Zeitung que en este caso las valoraciones realizadas en aquel momento sobre la contención de la infección fueron decisivas como base para la emisión del reglamento. Además, el juez asume “que el proceso no acabará con nosotros”. Ha fijado como fecha de anuncio mediados de abril.
No hay comentarios:
Publicar un comentario