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*TOSIDO TOSIDO* "JUSTICIA": Mientras hablamos de la Corte Penal Internacional (CPI) emitiendo una ORDEN para arrestar a Putin, recordemos que EE. UU. tiene la LEY DE INVASIÓN DE LA HAYA para proteger militar de EE. UU. del enjuiciamiento penal en el tribunal penal de la CPI.
Washington puede esencialmente ordenar la INVASIÓN de La Haya, Países Bajos, donde reside ICC, si no está contento con la decisión de procesar al personal del ejército de los EE. UU.
🤡Sabes que nadie tiene ningún respeto por ICC cuando incluso EE. UU., el primero en la lista criminal, no le importa un bledo.
The Act authorizes the President of the United States to use "all means necessary and appropriate to bring about the release of any U.S. or allied personnel being detained or imprisoned by, on behalf of, or at the request of the International Criminal Court".
La ley autoriza al presidente de los Estados Unidos a utilizar "todos los medios necesarios y apropiados para lograr la liberación de cualquier miembro del personal estadounidense o aliado que esté detenido o encarcelado por la Corte Penal Internacional, en su nombre o a petición de esta".
S.1610 - Ley de protección de los militares estadounidenses de 2001
https://www.congress.gov/bill/107th-congress/senate-bill/1610
Ley de protección de miembros del servicio estadounidense de 2001: prohíbe la cooperación de EE. UU. con la Corte Penal Internacional. Especifica restricciones sobre: (1) la participación de personas estadounidenses cubiertas en las operaciones de mantenimiento de la paz y aplicación de la paz de las Naciones Unidas (ONU); (2) transferir al Tribunal de EE. UU. información clasificada de seguridad nacional y aplicación de la ley; y (3) la prestación de asistencia militar estadounidense, con excepciones específicas, al gobierno de un país que sea parte de la Corte.
Prescribe condiciones para una exención presidencial de las prohibiciones y requisitos de esta Ley.
Declara que los requisitos de esta Ley no prohibirán: (1) cualquier acción autorizada por el Presidente para lograr la liberación del cautiverio de cualquier miembro del personal militar de los EE. UU. (personas estadounidenses cubiertas) y ciertas otras personas (personas aliadas cubiertas) que están siendo detenidas o encarcelados contra su voluntad por o en nombre de la Corte; o (2) comunicación por parte de los Estados Unidos de su política con respecto a un asunto.
Autoriza al presidente a utilizar todos los medios necesarios (incluida la provisión de asistencia legal) para lograr la liberación de personas estadounidenses cubiertas y personas aliadas cubiertas mantenidas en cautiverio por, en nombre o a pedido de la Corte.
Insta al presidente a informar a los comités del Congreso correspondientes sobre el grado en que: (1) cada alianza militar en la que Estados Unidos es parte puede colocar a las fuerzas armadas estadounidenses bajo control extranjero sujetas a la jurisdicción de la Corte; y (2) las fuerzas armadas de los EE. UU. que participen en operaciones militares de conformidad con dicha alianza pueden estar expuestas a mayores riesgos como resultado de estar bajo dicho control extranjero.
Autoriza que los fondos retenidos de la participación de los EE. UU. en las contribuciones a la ONU u otras organizaciones internacionales de conformidad con la Ley de Autorización de Relaciones Exteriores Admiral James W. Nance y Meg Donovan, años fiscales 2000 y 2001, se transfieran a la Cuenta de Seguridad, Construcción y Mantenimiento de la Embajada de el Departamento de Estado.
Expresa la opinión del Congreso de que el Presidente debe rescindir la firma hecha en nombre de los Estados Unidos al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, adoptado por la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre el Establecimiento de una Corte Penal Internacional el 17 de julio de 1998 .
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