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miércoles, 6 de septiembre de 2023

Suprema Corte de Justicia de México declara inconstitucional la penalización del aborto en el Código Penal Federal

 Suprema Corte de Justicia de México declara inconstitucional la penalización del aborto en el Código Penal Federal

 Mexican Supreme Court rules criminalization of abortion in Federal Penal Code unconstitutional | Catholic News Agency (archive.ph)

 En una breve publicación en X (antes Twitter), la Corte Suprema de Justicia de México anunció el miércoles que, en respuesta a un recurso legal, dictaminó que los artículos que penalizan el aborto en el Código Penal Federal son inconstitucionales.
La Primera Sala del tribunal “resolvió que el régimen jurídico que penaliza el aborto en el Código Penal Federal es inconstitucional, ya que viola los derechos humanos de las mujeres y de las personas con capacidad de gestar”.
El tribunal por sí solo no puede despenalizar el aborto. El Congreso Federal deberá cumplir y realizar los cambios en los artículos en cuestión.
El proyecto de sentencia fue elaborado por la magistrada Ana Margarita Ríos Farjat y aprobado con su voto y el de los otros cuatro miembros de la Primera Sala: Jorge Mario Pardo Rebolledo, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Juan Luis González Alcantará Carranca y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. .
El fallo responde a un recurso de inconstitucionalidad de la ley de amparo interpuesto por una asociación civil, no identificada en el texto, contra los artículos 330, 331 y 332 del Código Penal Federal, que establecen sanciones para las mujeres que aborten, por profesionales de la salud que realizan el procedimiento, y para quienes presionan a las mujeres para que aborten.
Reuters informó que la asociación es GIRE, sigla en español de Grupo de Información sobre Elección Reproductiva, que celebró la decisión.
La demanda también impugna los artículos 333 y 334, que establecen los casos en que el delito de aborto no es punible como el descuido de la gestante (aborto involuntario), la violación y el peligro para la vida de la madre.
El fallo de la Primera Sala de la Corte Suprema “salvaguarda y protege” a la asociación que interpuso la demanda de amparo constitucional.
“Esta Primera Sala considera que la declaratoria de inconstitucionalidad se traduce en un beneficio tangible para la asociación civil demandante, en términos del correcto desarrollo de su objeto social, ya que le permitirá garantizar que las mujeres y personas con capacidad de gestar ese acompaña tengan acceso a servicios de aborto seguro y de calidad, y que ni ellos ni el personal que busca la interrupción del embarazo sean criminalizados bajo ninguna circunstancia”, señala el fallo.
Tras la aprobación del proyecto de fallo, se emitirá una versión final sustancialmente igual en la que los jueces podrán expresar sus opiniones individuales.
¿Qué significa el fallo de la Corte Suprema para el aborto en México?
En declaraciones a ACI Prensa, el socio informativo en español de la CNA, Marcial Padilla, director de la plataforma provida ConParticipación, considera que el fallo de la Primera Sala de la SCJN “no altera directamente el Código Penal Federal, ya que ello implicaría Lo tienen que hacer los senadores y representantes”.
“Como ciudadanos debemos asegurarnos de que esto cambie y que lo único justo y razonable sea proteger a la madre y al niño por igual”, afirmó.

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