jueves, 9 de octubre de 2025

El Tribunal Constitucional español declara inconstitucionales las medidas contra el coronavirus: se levantan 92.278 multas

 El Tribunal Constitucional español declara inconstitucionales las medidas contra el coronavirus: se levantan 92.278 multas

 https://apollo-news.net/92-278-strafen-aufgehoben-spanisches-verfassungsgericht-erklrt-coronamanahmen-fr-verfassungswidrig/

 

 Cinco años después del inicio de la pandemia de coronavirus, España está levantando decenas de miles de multas impuestas durante el confinamiento. Una sentencia del Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales elementos clave de las medidas de confinamiento de 2020, y hasta la fecha se han anulado un total de 92.278 multas.

 Cinco años después del inicio de la pandemia de coronavirus, España vive una de las mayores reconsideraciones legales de su historia reciente. Una sentencia del Tribunal Constitucional español que declara inconstitucionales disposiciones clave del confinamiento de 2020 ha conllevado la anulación de decenas de miles de multas en todo el país. Según informaron varios medios de comunicación españoles, hasta el 3 de septiembre de 2025 se habían anulado 92.278 multas.

Durante la primera fase de la pandemia, el gobierno español declaró el estado de alarma en marzo de 2020. Las estrictas medidas de confinamiento buscaban frenar la propagación del virus, y quienes las incumplían se enfrentaban a cuantiosas multas. En total, se impusieron más de un millón de multas, algunas de las cuales deben ser reevaluadas tras la sentencia del Tribunal Constitucional.

La decisión afecta principalmente a las medidas basadas en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020. En marzo de 2020, esta disposición restringió severamente la libertad de circulación, permitiendo únicamente los desplazamientos necesarios, como ir de compras, al trabajo o a citas médicas. El objetivo era contener la pandemia de COVID-19. Posteriormente, el Tribunal Constitucional español declaró la inconstitucionalidad de partes clave del artículo por restringir excesivamente los derechos fundamentales.

Los jueces concluyeron que esta disposición restringía indebidamente el derecho fundamental a la libertad de circulación. Dicha suspensión, declaró el tribunal, «solo debería haberse impuesto en virtud del estado de alarma», lo que no ocurrió durante la primera ola de la pandemia de coronavirus.

Dado que la sentencia es retroactiva, todos los actos administrativos basados ​​en la normativa impugnada se considerarán «inválidos desde su inicio». Esto afecta especialmente a los procedimientos que aún no han concluido definitivamente.

 La anulación de decenas de miles de multas plantea a las autoridades importantes desafíos. Además de la anulación formal de las sanciones, también implica la devolución de las cantidades ya pagadas. Numerosos ciudadanos han presentado las correspondientes reclamaciones. Sin embargo, la implementación varía considerablemente de una región a otra y suele ser lenta. Los casos en los que las multas se han pagado inmediatamente o ya han sido resueltas judicialmente son particularmente complejos.

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