La Corte Suprema dictamina que las empresas pueden rechazar el servicio a los clientes LGBTQ+
Supreme Court rules businesses can refuse service to LGBTQ+ customers (axios.com)
Las empresas pueden negarse a servir a parejas del mismo sexo si hacerlo viola las creencias religiosas de los propietarios, dictaminó la Corte Suprema el viernes.
Por qué es importante: el tribunal ha ampliado significativamente los derechos LGBTQ en los últimos años, pero ahora está creando algunas excepciones.
Impulsando las noticias: El caso se refiere a Lorie Smith, una diseñadora web de Colorado que quería crear y vender sitios web de bodas, pero no a parejas del mismo sexo.
●La ley de derechos civiles de Colorado le prohibía a ella, oa cualquier empresa que atiende al público en general, rechazar clientes debido a su orientación sexual. Ella dijo que cumplir con esa ley la obligaría a adoptar puntos de vista con los que no está de acuerdo.
●"La obra de arte que creo es un discurso", dijo Smith a Colorado Public Radio en diciembre, y agregó que "esos mensajes deben ser consistentes con mis convicciones".
El panorama general: la Corte Suprema de mayoría conservadora falló 6-3 a favor de Smith, diciendo que tiene el derecho de la Primera Enmienda de negarse a diseñar sitios web de bodas personalizados para parejas del mismo sexo.
●"La Primera Enmienda contempla a Estados Unidos como un lugar rico y complejo donde todas las personas son libres de pensar y hablar como deseen, no como exige el gobierno. Colorado no puede negar esa promesa de conformidad con la Primera Enmienda", escribió el juez Neil Gorsuch.
●Gorsuch escribió la opinión de la mayoría, junto con el presidente del Tribunal Supremo John Roberts y los jueces Clarence Thomas, Samuel Alito, Brett Kavanaugh y Amy Coney Barrett.
En su disidencia, la jueza Sonia Sotomayor escribió que "ha habido una reacción violenta al movimiento por la libertad y la igualdad de las minorías sexuales y de género. Las nuevas formas de inclusión se han enfrentado con la exclusión reaccionaria. Esto es desgarrador".
Contexto: este caso fue efectivamente una repetición del caso de 2018 en el que un panadero se negó a hornear un pastel para una boda entre personas del mismo sexo.
●El tribunal descartó en ese momento, pero había señalado que los dueños de negocios con objeciones religiosas al matrimonio entre personas del mismo sexo probablemente prevalecerían al final.
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