sábado, 20 de julio de 2024

ICYMI: El Dr. Rand Paul presenta la Ley REPÚBLICA para controlar los poderes presidenciales de emergencia

 ICYMI: El Dr. Rand Paul presenta la Ley REPÚBLICA para controlar los poderes presidenciales de emergencia

https://www.paul.senate.gov/icymi-dr-rand-paul-introduces-republic-act-to-rein-in-presidential-emergency-powers/
WASHINGTON, D.C. – Recientemente, el senador estadounidense Rand Paul (R-KY), miembro de alto rango del Comité Senatorial de Seguridad Nacional y Asuntos Gubernamentales (HSGAC), presentó la Ley de reforma de los poderes de emergencia para mantener los equilibrios y limitaciones inherentes a la Constitución (REPÚBLICA) . La legislación permitiría al presidente tomar medidas inmediatas en situaciones de crisis, pero también requeriría que el Congreso revise la invocación presidencial de poderes de emergencia que amenazan los principios constitucionales de separación de poderes y debido proceso.

“La Ley REPÚBLICA frena el cheque en blanco que los presidentes escriben ellos mismos en nombre de emergencias autodeclaradas”, dijo el Dr. Paul. "Hace todo esto preservando al mismo tiempo la autoridad del presidente para actuar de inmediato para defender nuestra nación en una emergencia real".

La ley actual, en virtud de la Ley de Emergencias Nacionales de 1976, autoriza al Presidente a determinar unilateralmente cuándo y cómo desbloquear y ejercer poderes extraordinarios no permitidos durante las operaciones normales. Una vez declaradas, las emergencias rara vez terminan. A saber, la emergencia nacional de 1979 relacionada con la crisis de los rehenes iraníes todavía está vigente.

Algunos poderes son tan contrarios al concepto de república constitucional que, en primer lugar, nunca deberían haberse concedido. Uno de esos poderes de emergencia, de conformidad con la Ley de Comunicaciones de 1934, otorga al Presidente una autoridad casi indiscutible para restringir el acceso a Internet, realizar vigilancia del correo electrónico y controlar sistemas informáticos, transmisiones de radio y televisión y teléfonos celulares. Además, el poder ejecutivo emite Documentos Presidenciales de Acción de Emergencia secretos que, entre otras cosas, han autorizado en el pasado la detención de “personas peligrosas” dentro de los Estados Unidos y la suspensión del recurso de hábeas corpus durante situaciones de emergencia.

 La Ley REPÚBLICA:

1.Permitir que el Presidente ejerza poderes de emergencia durante 30 días antes de la aprobación del Congreso.
Permitir al Congreso renovar las emergencias por un máximo de 90 días según cualquier Ley del Congreso que promulgue una renovación.
2.Prohibir al Presidente emitir una declaración posterior y ejercer poderes de emergencia respecto de las mismas circunstancias si no se aprueba o renueva una emergencia nacional.
3.Prohibir que cualquier emergencia nacional continúe más allá de un período de cinco años.
4.Proporcionar procedimientos expeditos en cada Cámara del Congreso para considerar resoluciones conjuntas de aprobación.
5.Requerir que el Presidente informe al Congreso describiendo las circunstancias que requieren la declaración de una emergencia, la duración estimada de la emergencia, un resumen de las acciones que el Presidente pretende tomar y las acciones tomadas en el período de 90 días anterior.
6.Poner fin a la capacidad del Presidente de tomar el control de la infraestructura de comunicaciones de Estados Unidos de conformidad con la Ley de Comunicaciones de 1934.
7.Prohibir el uso de IEEPA para sancionar a personas estadounidenses sin el debido proceso.
8.Requerir la aprobación del Congreso antes de que el Presidente despliegue el uso de la fuerza de conformidad con la Ley de Insurrección.
9.Requerir la divulgación de los Documentos Presidenciales de Acción de Emergencia al Congreso.

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