Exponiendo al CABAL

martes, 21 de enero de 2025

REEVALUACIÓN Y REALINEAMIENTO DE LA AYUDA EXTERIOR DE ESTADOS UNIDOS

 REEVALUACIÓN Y REALINEAMIENTO DE LA AYUDA EXTERIOR DE ESTADOS UNIDOS

 https://www.whitehouse.gov/presidential-actions/2025/01/reevaluating-and-realigning-united-states-foreign-aid/

 En virtud de la autoridad que me confieren la Constitución y las leyes de los Estados Unidos de América como Presidente, por la presente se ordena:

Sección 1. Propósito. La industria y la burocracia de ayuda exterior de los Estados Unidos no están alineadas con los intereses estadounidenses y en muchos casos son antitéticas a los valores estadounidenses. Sirven para desestabilizar la paz mundial al promover ideas en países extranjeros que son directamente opuestas a las relaciones armoniosas y estables internas y entre países.

Sección 2. Política. Es política de los Estados Unidos que no se desembolse más asistencia exterior de los Estados Unidos de una manera que no esté completamente alineada con la política exterior del Presidente de los Estados Unidos.

Sección 3. (a) Pausa de 90 días en la asistencia exterior para el desarrollo de los Estados Unidos para evaluar la eficiencia programática y la coherencia con la política exterior de los Estados Unidos. Todos los jefes de departamentos y agencias responsables de los programas de asistencia para el desarrollo exterior de los Estados Unidos suspenderán inmediatamente las nuevas obligaciones y desembolsos de fondos de asistencia para el desarrollo a países extranjeros y organizaciones no gubernamentales implementadoras, organizaciones internacionales y contratistas en espera de que se realicen revisiones de dichos programas para comprobar su eficiencia programática y su coherencia con la política exterior de los Estados Unidos, que se realizarán dentro de los 90 días siguientes a la presente orden. La Oficina de Administración y Presupuesto (OMB) hará cumplir esta pausa mediante su autoridad de asignación de fondos.

(b) Revisiones de los programas de asistencia para el desarrollo exterior de los Estados Unidos. Los jefes de departamentos y agencias responsables ordenarán las revisiones de cada programa de asistencia para el desarrollo exterior de acuerdo con las directrices proporcionadas por el Secretario de Estado, en consulta con el Director de la OMB.

(c) Determinaciones. Los jefes de departamentos y agencias responsables, en consulta con el Director de la OMB, tomarán determinaciones dentro de los 90 días siguientes a la presente orden sobre si se debe continuar, modificar o cesar cada programa de asistencia para el desarrollo basándose en las recomendaciones de la revisión, con el consentimiento del Secretario de Estado.

(d) Reanudación de la financiación de asistencia para el desarrollo suspendida. Las nuevas obligaciones y desembolsos de fondos de asistencia para el desarrollo exterior pueden reanudarse para un programa antes de que finalice el período de 90 días si se lleva a cabo una revisión y el Secretario de Estado o su designado, en consulta con el Director de la OMB, decide continuar el programa en la misma forma o en una forma modificada. Además, cualquier otro nuevo programa y obligación de asistencia exterior debe ser aprobado por el Secretario de Estado o su designado, en consulta con el Director de la OMB.

(e) Exención. El Secretario de Estado puede eximir la pausa en la Sección 3(a) para programas específicos.

Sección 4. Disposiciones generales. (a) Nada en esta orden se interpretará como que perjudica o afecta de otra manera:

(i) la autoridad otorgada por ley a un departamento o agencia ejecutiva, o al jefe de la misma; o

(ii) las funciones del Director de la Oficina de Administración y Presupuesto relacionadas con propuestas presupuestarias, administrativas o legislativas.

(b) Esta orden se implementará de conformidad con la ley aplicable y sujeta a la disponibilidad de asignaciones.

(c) Esta orden no pretende, y no crea, ningún derecho o beneficio, sustantivo o procesal, exigible por ley o en equidad por ninguna de las partes contra los Estados Unidos, sus departamentos, agencias o entidades, sus funcionarios, empleados o agentes, o cualquier otra persona.

 🇺🇸💸📝❗️— El presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, recorta la ayuda exterior por 90 días en su totalidad. Por la autoridad que me confieren como presidente la Constitución y las leyes de los Estados Unidos de América, se ordena por la presente:

 ➡️ Tal decisión es un duro golpe para las agencias de las Naciones Unidas, incluidas la UNRWA y las fuerzas de mantenimiento de la paz de Palestina 

➡️ Así como para las naciones de Oriente Medio como Israel (3.300 millones de dólares al año), Egipto (1.500 millones de dólares al año) y Jordania (1.700 millones de dólares al año), sin embargo, es poco probable que se produzcan reducciones drásticas, ya que esas cantidades están incluidas en paquetes a largo plazo que datan de hace décadas y, en algunos casos, se rigen por obligaciones de tratados.

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