Exponiendo al CABAL

martes, 18 de abril de 2023

Aviso sobre la continuación de la emergencia nacional y de la autoridad de emergencia en relación con la regulación del fondeadero y movimiento de embarcaciones afiliadas a Rusia a puertos de los Estados Unidos

Aviso sobre la continuación de la emergencia nacional y de la autoridad de emergencia en relación con la regulación del fondeadero y movimiento de embarcaciones afiliadas a Rusia a puertos de los Estados Unidos

 https://www.whitehouse.gov/briefing-room/presidential-actions/2023/04/18/notice-on-the-continuation-of-the-national-emergency-and-of-the-emergency-authority-relating-to-the-regulation-of-the-anchorage-and-movement-of-russian-affiliated-vessels-to-united-states-ports/

El 21 de abril de 2022, mediante la Proclamación 10371, declaré una emergencia nacional debido a un disturbio o amenaza de disturbio en las relaciones internacionales de los Estados Unidos y autoricé al Secretario de Seguridad Nacional a regular el fondeadero y el movimiento de embarcaciones afiliadas a Rusia, de conformidad con a la Ley de Emergencias Nacionales (50 U.S.C. 1601 et seq.) y la sección 1 del título II de la Ley Pública 65-24, cap. 30, 15 de junio de 1917, según enmendada (Ley Magnuson) (46 U.S.C. 70051).

      Las políticas y acciones del Gobierno de la Federación Rusa para continuar la guerra brutal, injustificada, no provocada y premeditada contra Ucrania continúan constituyendo una emergencia nacional debido a una perturbación o amenaza de perturbación de las relaciones internacionales de los Estados Unidos. Por lo tanto, de conformidad con la sección 202(d) de la Ley de Emergencias Nacionales (50 U.S.C. 1622(d)), continuaré durante 1 año la emergencia nacional con respecto a la Federación Rusa y la autoridad de emergencia relacionada con la regulación del fondeadero y el movimiento de buques afiliados a Rusia a puertos de los Estados Unidos establecidos en la Proclamación 10371.

      Este aviso se publicará en el Registro Federal y se transmitirá al Congreso.

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