ENMIENDA A LOS ARANCELES RECÍPROCOS Y ARANCELES ACTUALIZADOS APLICADOS A LAS IMPORTACIONES DE BAJO VALOR PROCEDENTES DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA
https://www.whitehouse.gov/presidential-actions/2025/04/amendment-to-recipricol-tariffs-and-updated-duties-as-applied-to-low-value-imports-from-the-peoples-republic-of-china/
En virtud de la autoridad que me confieren como Presidente la Constitución y las leyes de los Estados Unidos de América, incluyendo la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (50 U.S.C. 1701 y ss.) (IEEPA), la Ley de Emergencias Nacionales (50 U.S.C. 1601 y ss.), el artículo 604 de la Ley de Comercio de 1974, en su versión modificada (19 U.S.C. 2483), y el artículo 301 del título 3 del Código de los Estados Unidos, por la presente determino y ordeno:
Sección 1. Antecedentes. En la Orden Ejecutiva 14257 del 2 de abril de 2025 (Regulación de las Importaciones con un Arancel Recíproco para Rectificar las Prácticas Comerciales que Contribuyen a los Grandes y Persistentes Déficits Anuales del Comercio de Bienes de Estados Unidos), declaré una emergencia nacional derivada de las condiciones reflejadas en los grandes y persistentes déficits anuales del comercio de bienes de Estados Unidos, e impuse aranceles ad valorem adicionales que consideré necesarios y apropiados para abordar esta amenaza inusual y extraordinaria, que proviene total o sustancialmente de fuera de Estados Unidos, para la seguridad nacional y la economía de este país. El artículo 4(b) de la Orden Ejecutiva 14257 disponía que “si algún socio comercial toma represalias contra Estados Unidos en respuesta a esta acción mediante aranceles de importación a las exportaciones estadounidenses u otras medidas, podré modificar adicionalmente el [Arancel Armonizado de Estados Unidos] para aumentar o ampliar el alcance de los aranceles impuestos en virtud de esta orden a fin de garantizar la eficacia de esta acción”. Declaré además, de conformidad con la Orden Ejecutiva 14256 del 2 de abril de 2025 (Enmienda Adicional a los Aranceles que Abordan la Cadena de Suministro de Opiáceos Sintéticos en la República Popular China Aplicada a las Importaciones de Bajo Valor), que el trato de minimis libre de aranceles para los artículos descritos en la sección 2(a) de la Orden Ejecutiva 14195 ya no está disponible a partir de las 00:01 h (hora del este) del 2 de mayo de 2025.
El 4 de abril de 2025, la Comisión Arancelaria del Consejo de Estado de la República Popular China (RPC) anunció que, en respuesta a la Orden Ejecutiva 14257, vigente a partir de las 00:01 h (hora del este) del 10 de abril de 2025, se impondría un arancel del 34 % a todos los bienes importados a la RPC procedentes de Estados Unidos. De conformidad con la sección 4(b) de la Orden Ejecutiva 14257, ordeno la modificación del Arancel Armonizado de los Estados Unidos (HTSUS) y la adopción de otras medidas para aumentar los aranceles impuestos a la República Popular China en respuesta a esta represalia. En mi opinión, esta modificación es necesaria y apropiada para abordar eficazmente la amenaza a la seguridad nacional y la economía de los Estados Unidos.
Sección 2. Aumento de aranceles. En reconocimiento de que la República Popular China ha anunciado que tomará represalias contra Estados Unidos en respuesta a la Orden Ejecutiva 14257, el HTSUS se modificará de la siguiente manera. Vigente con respecto a las mercancías ingresadas para consumo, o retiradas del almacén para consumo, a partir de las 00:01 h, hora del este, del 9 de abril de 2025:
(a) La partida 9903.01.63 del HTSUS se modificará eliminando "34%" en cada lugar donde aparezca e insertando "84%" en su lugar. y
(b) la subdivisión (v)(xiii)(10) de la nota 2 de EE. UU. al subcapítulo III del capítulo 99 del HTSUS se modificará eliminando el «34 %» e insertando en su lugar el «84 %».
Sección 3. Aumento arancelario de minimis. Para garantizar que no se eluda la imposición de aranceles conforme a la sección 2 de esta orden y que no se menoscabe el propósito de la Orden Ejecutiva 14257 ni esta medida, considero necesario y apropiado:
(a) aumentar la tasa arancelaria ad valorem establecida en la sección 2(c)(i) de la Orden Ejecutiva 14256 del 30 % al 90 %; (b) aumentar el arancel por envío postal que contenga mercancías, según la sección 2(c)(ii) de la Orden Ejecutiva 14256, vigente a partir de las 00:01 h, hora del este, del 2 de mayo de 2025, y antes de las 00:01 h, hora del este, del 1 de junio de 2025, de 25 dólares a 75 dólares; y
(c) aumentar el arancel por envío postal que contenga mercancías, según la sección 2(c)(ii) de la Orden Ejecutiva 14256, vigente a partir de las 00:01 h, hora del este, del 1 de junio de 2025, de 50 dólares a 150 dólares.
Sec. 4. Implementación. Se instruye al Secretario de Comercio, al Secretario de Seguridad Nacional y al Representante Comercial de los Estados Unidos, según corresponda, en consulta con el Secretario de Estado, el Secretario del Tesoro, el Asistente del Presidente para Política Económica, el Consejero Principal para Comercio y Manufactura, el Asistente del Presidente para Asuntos de Seguridad Nacional y el Presidente de la Comisión de Comercio Internacional, a tomar todas las medidas necesarias para implementar y hacer efectiva esta orden, de conformidad con la legislación aplicable, incluyendo la suspensión temporal o la modificación de reglamentos o avisos en el Registro Federal y la adopción de normas y reglamentos, y están autorizados a tomar dichas medidas y a ejercer todas las facultades otorgadas al Presidente por la IEEPA, según sea necesario para implementar esta orden. Cada departamento y agencia ejecutiva tomará todas las medidas apropiadas dentro de su autoridad para implementar esta orden.
Sec. 5. Disposiciones Generales. (a) Nada en esta orden se interpretará como que menoscaba o afecta de otra manera:
(i) la autoridad otorgada por ley a un departamento o agencia ejecutiva o a su titular; o
(ii) las funciones del Director de la Oficina de Administración y Presupuesto en relación con propuestas presupuestarias, administrativas o legislativas.
(b) Esta orden se implementará de conformidad con la legislación aplicable y sujeta a la disponibilidad de asignaciones.
(c) Esta orden no tiene por objeto, ni crea, ningún derecho o beneficio, sustantivo o procesal, exigible en derecho o equidad por ninguna de las partes contra los Estados Unidos, sus departamentos, agencias o entidades, sus funcionarios, empleados o agentes, ni ninguna otra persona.
Debido a la falta de respeto que China ha mostrado hacia los mercados mundiales, por la presente aumento el arancel que Estados Unidos le impone a China al 125%, con efecto inmediato. En algún momento, ojalá en un futuro próximo, China comprenderá que estafar a EE. UU. y a otros países ya no es sostenible ni aceptable. Por otro lado, y considerando que más de 75 países han convocado a representantes de Estados Unidos, incluyendo los Departamentos de Comercio, Tesoro y el Representante Comercial de Estados Unidos (USTR), para negociar una solución a los temas en discusión en materia de comercio, barreras comerciales, aranceles, manipulación cambiaria y aranceles no monetarios, y que estos países no han tomado represalias de ninguna manera contra Estados Unidos, a instancias mías, he autorizado una PAUSA de 90 días y una reducción sustancial del arancel recíproco durante este período, del 10%, también con efecto inmediato. ¡Gracias por su atención!
ÚLTIMA HORA: China eleva los aranceles a los productos estadounidenses del 34 % al 84 % a medida que se intensifica la guerra comercial entre las dos mayores economías del mundo.
Los mercados bursátiles y de bonos se desploman. Los rendimientos de los bonos estadounidenses a 30 años se disparan.
China respondió a los aranceles del presidente Trump imponiendo un impuesto del 84% a las exportaciones estadounidenses.
Esta represalia afecta significativamente a los agricultores estadounidenses, quienes dependen en gran medida de las exportaciones a China. El anuncio provocó una fuerte caída en los mercados.
China launches massive tariff retaliation on U.S. goods
Ayer, China impuso aranceles de represalia del 34%, que se suman a sus ya récord arancelarios, aranceles no monetarios, subsidios ilegales a empresas y una masiva manipulación cambiaria a largo plazo. Esto a pesar de mi advertencia de que cualquier país que tome represalias contra EE. UU. imponiendo aranceles adicionales, además de los ya existentes y prolongados abusos arancelarios contra nuestra nación, se enfrentará de inmediato a nuevos aranceles sustancialmente más altos, además de los inicialmente establecidos. Por lo tanto, si China no retira su aumento del 34%, además de sus abusos comerciales a largo plazo, antes de mañana, 8 de abril de 2025, Estados Unidos impondrá aranceles adicionales del 50% a China, a partir del 9 de abril. Además, se suspenderán todas las conversaciones con China sobre sus reuniones solicitadas. Las negociaciones con otros países que también han solicitado reuniones comenzarán de inmediato. ¡Gracias por su atención a este asunto!
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